Honduras cuenta con un sistema formal de seguros de dos componentes. El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) ofrece seguro social, mientras que las aseguradoras privadas operan con arreglo a la Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros, Decreto 22-2001. El Banco Central de Honduras (BCH) autoriza la constitución de las aseguradoras. La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), incluida su Superintendencia de Seguros, las registra, supervisa e inspecciona. CNBS también mantiene un registro público de aseguradoras e intermediarios autorizados. Una póliza es el contrato de seguro; su prima es el precio pagado por la cobertura y el deducible es el monto que, según el contrato, paga el asegurado antes de que la aseguradora cubra la pérdida amparada. El seguro social del IHSS tiene tres regímenes: REYM, el Seguro de Atención de la Salud para enfermedad y maternidad; RIVM, el Seguro de Previsión Social para invalidez, vejez y muerte; y RRP, el régimen de riesgos profesionales. Se aplican a empleados privados y empleados de organismos estatales, autónomos y descentralizados, con una ampliación gradual por categorías y territorios. Empleadores y empleados acceden mediante afiliación. Las prestaciones del RIVM dependen de períodos mínimos de cotización. La regla de cotización registrada para 2024 fijaba aportes al RIVM de 3,5 % para el empleador, 2,5 % para el empleado y 0,5 % para el Estado. Los límites de cotización y las tarifas pueden cambiar mediante directrices del IHSS; compruebe las cifras vigentes antes de calcular un derecho o costo de nómina. El seguro privado puede contratarse directamente con una aseguradora autorizada o mediante un agente dependiente, agente independiente o correduría registrados. Antes de firmar, compruebe el registro de CNBS. Una aseguradora extranjera que no esté autorizada en Honduras no puede asegurar personas, bienes o intereses situados en Honduras; la sanción registrada para esta infracción equivale a veinte veces la prima pagada. El registro de un modelo de póliza por CNBS confirma su registro regulatorio, no el pago de cada reclamación individual. Los productos privados registrados en Honduras pueden incluir seguros de vida, médicos, de accidentes y enfermedad, vehículos, vivienda e incendio, daños a bienes, responsabilidad civil, transporte, marítimos, electrónicos, maquinaria, dinero y valores, animales y viajes. También pueden incluir cobertura por desempleo y fianzas para fines como construcción, fideicomisos, licitaciones y obligaciones aduaneras. El mercado sigue centrado principalmente en riesgos patrimoniales y no vida. Al 31 de marzo de 2025, CNBS enumeraba 12 instituciones autorizadas: Seguros Bolívar Honduras/Seguros Davivienda, Pan American Life Insurance Company, MAPFRE Seguros Honduras, Interamericana de Seguros/Ficohsa Seguros, Seguros Continental, Seguros Atlántida, Seguros Crefisa, Equidad, Seguros del País, Seguros LAFISE, Aseguradora Rural Honduras y ASSA Honduras. El perfil de CNBS clasificaba a 11 instituciones en el tercer grupo, que puede cubrir riesgos personales y patrimoniales, y a una en el primer grupo, que cubre riesgos personales. No existe una prima única para los seguros privados nacionales. El precio depende de la persona o el bien asegurado, la suma asegurada, la cobertura elegida, las exclusiones, el deducible, la duración del contrato y la evaluación del riesgo. Las pólizas suelen ser anuales, pero el contrato determina la duración y el calendario de pagos. Antes de firmar, compare tarifa, suma asegurada, prima y otros costos, cobertura, exclusiones, prestaciones, requisitos, deducible, coaseguro, forma de pago y procedimiento de reclamación. Lea las condiciones generales y particulares. El asegurado debe proporcionar información veraz sobre el riesgo, pagar puntualmente la prima, informar el siniestro y los cambios pertinentes en el riesgo según lo establezca la póliza, aportar documentos de respaldo y respetar los plazos contractuales. El siniestro debe comunicarse con prontitud. Los plazos de aviso y documentos requeridos dependen del producto y la póliza. Si la aseguradora no resuelve el asunto, el asegurado debe acudir primero al Oficial de Atención al Usuario Financiero de la aseguradora y presentar una Hoja de Reclamación. La respuesta puede tardar hasta 10 días hábiles; toda prórroga debe explicar su motivo por escrito. Una respuesta insatisfactoria o la falta de respuesta puede elevarse a la Gerencia de Protección al Usuario Financiero de CNBS mediante SIGER o SGE. El trámite de CNBS puede tardar hasta 60 días calendario y su resolución es administrativamente vinculante para la institución supervisada. Los servicios de reclamación son gratuitos. Los usuarios tienen derecho a información clara sobre el contrato, los procedimientos, costos, coberturas y exclusiones, a conocer el motivo de un rechazo y a recibir una copia y constancia de seguimiento de la reclamación. Para modificar la cobertura, se sigue el procedimiento de la póliza y normalmente se requiere un endoso aprobado por la aseguradora, es decir, una modificación escrita de la póliza. La cobertura solo puede aumentarse o reducirse cuando la aseguradora confirme el cambio. Por lo general, el beneficiario puede cambiarse por escrito. Un aumento sustancial del riesgo puede generar una obligación de notificar. Una condición modelo exige avisar antes del evento o dentro de las 24 horas desde que se conoce el cambio y permite a la aseguradora terminar el contrato con aviso de 15 días cuando el aumento sea sustancial. Honduras no tiene un período general único de cancelación o desistimiento aplicable a todas las pólizas; los derechos de terminación y desistimiento deben comprobarse en el contrato concreto. Las cifras del mercado no garantizan la solvencia ni el pago de una póliza individual. En diciembre de 2025, el sector informó activos por L28.377,2 millones, inversiones financieras de L14.189,9 millones, reservas técnicas y matemáticas de L8.080,9 millones, primas netas de L20.181,7 millones, siniestros netos de L4.098,1 millones, una siniestralidad de 20,3 %, utilidades de L2.080,3 millones, rentabilidad sobre el patrimonio de 25,8 % y cobertura de solvencia del capital técnico de 3,4 veces. Son indicadores del conjunto del sistema, no sustituyen la verificación de la aseguradora autorizada, el texto de la póliza, las exclusiones, el proceso de reclamación y las condiciones financieras de la cobertura elegida.
Seguros en Honduras
Los seguros en Honduras combinan el seguro social obligatorio del IHSS con seguros privados supervisados por CNBS y sujetos a autorización del BCH. Las pólizas privadas cubren riesgos como salud, vida, accidentes, vehículos, bienes, responsabilidad civil, transporte y fianzas; la póliza define cobertura, exclusiones, prima y deducible. El acceso y las cotizaciones del seguro social dependen de la afiliación y del régimen aplicable del IHSS. El seguro privado debe contratarse con una aseguradora o intermediario autorizado en Honduras y evaluarse según el riesgo real.
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