Las familias paraguayas pueden constituirse mediante matrimonio registrado, unión de hecho estable, pública y exclusiva, o relaciones entre padres, hijos y familia extendida que brinden cuidado y apoyo. Las comunidades indígenas pueden regirse por sus propias normas de organización social cuando sean compatibles con los derechos constitucionales. El Registro del Estado Civil, dependiente del Ministerio de Justicia, registra los matrimonios, nacimientos y fallecimientos. En general, para solicitar matrimonio se necesitan documentos de identidad, cuatro testigos y, cuando corresponda, certificados de nacimiento, defunción o divorcio; los documentos extranjeros podrían requerir apostilla o legalización. Los aranceles se rigen por la tarifa vigente del REC; conviene consultar directamente si las ceremonias fuera de la oficina o en días no laborables tienen cargos adicionales. Una unión de hecho es una relación estable, pública y exclusiva sin impedimentos legales para contraer matrimonio. Tras cuatro años de vida en común, se aplican reglas sobre bienes gananciales. Después de diez años, ambas personas pueden hacer una declaración conjunta ante el REC o un juzgado de paz, lo que puede otorgar a la unión efectos equivalentes al matrimonio, incluidos derechos hereditarios. La convivencia sin este reconocimiento tiene efectos jurídicos más limitados. El registro de nacimiento se realiza en el REC con el certificado médico de nacimiento y documentos de identidad. Un niño nacido dentro del matrimonio también puede inscribirse con el certificado de matrimonio o la libreta de familia. Si nace fuera del matrimonio, ambos progenitores pueden hacer una declaración conjunta o la madre puede inscribirlo sola; para incluir los datos del padre, este debe reconocer la filiación. Los partos domiciliarios pueden requerir testigos y una constancia de residencia o declaración jurada. La inscripción inicial y el primer certificado de nacimiento son gratuitos, aunque los casos tardíos o inusuales pueden exigir un trámite adicional. Todos los niños tienen igual estatus legal, y la filiación puede reconocerse, impugnarse o determinarse mediante un proceso de ADN. Los padres deben brindar a sus hijos menores alimentos, vivienda, ropa, educación, atención médica y recreación. Una mujer embarazada puede reclamar al padre del niño ayuda para los gastos del embarazo y el parto. Los hijos adultos pueden tener la obligación de asistir a padres que no puedan satisfacer sus necesidades. El Código Civil considera primero a los cónyuges; luego, a padres e hijos; después, a hermanos, abuelos y otros ascendientes; y luego, a suegros y yernos o nueras. Las contribuciones deben tener en cuenta las posibilidades y necesidades de las partes. El Código de la Niñez y la Adolescencia da prioridad al interés superior del niño. Los juzgados de la niñez y la adolescencia, las defensorías de la niñez, la Fiscalía, la Policía y las oficinas locales de CODENI se ocupan de cuestiones de protección, residencia, contacto y asistencia familiar. La mediación gratuita de la Dirección de Mediación de la Corte Suprema puede tratar la asistencia alimentaria, sus modificaciones, el régimen de relacionamiento, la filiación y la custodia; el acuerdo puede utilizarse como arreglo jurídico después de su homologación. El divorcio lo concede un tribunal, incluso por mutuo consentimiento, y puede resolver la guarda parental, el lugar de residencia, el contacto, la asistencia y la división de bienes gananciales. Ante violencia contra las mujeres, SOS Mujer 137 ofrece atención gratuita, confidencial y nacional las 24 horas. Puede poner a quien llama en contacto con la Policía o el 911, una comisaría, la Fiscalía o un juzgado de paz. SEDAMUR y los centros regionales para mujeres ofrecen asistencia legal, psicológica y social, incluido albergue para mujeres con hijos. Fono Ayuda 147 es un servicio gratuito, confidencial y disponible las 24 horas para consultas sobre niños; el MINNA coordina con CODENI, la Defensoría, los tribunales, la Fiscalía, la Policía, el MSPBS, el MEC y el Ministerio de la Mujer. Cuando los niños no pueden permanecer de forma segura con su familia, la Ley 6486/2020 da prioridad a la preservación familiar y la reunificación. Las autoridades consideran, en este orden, a la familia extendida, un entorno afectivo cercano, una familia acogedora acreditada, un albergue residencial y la atención institucional. La falta de dinero, por sí sola, no es motivo para separar a un niño. La guarda temporal o el acogimiento familiar tienen supervisión judicial; las audiencias urgentes pueden realizarse dentro de seis horas, las medidas de emergencia pueden durar hasta siete días y ciertos traslados o decisiones deben ocurrir en 24 horas. La adopción es excepcional y requiere una decisión definitiva de adoptabilidad después de intentar localizar a familiares y preservar las relaciones. El Centro de Adopciones del MINNA acredita a los solicitantes y propone asignaciones, pero la decisión corresponde a un tribunal. La adopción nacional tiene prioridad y el rango de diferencia de edad indicado para los solicitantes es de 25 a 60 años. Por lo general, la inscripción de una defunción en el REC debe realizarse dentro de las 24 horas con un certificado médico de defunción y documentos de identidad. Si no hay certificado médico, podrían necesitarse dos testigos. La inscripción y el certificado de cementerio son gratuitos, aunque los casos extranjeros o especiales pueden requerir una orden judicial. El acceso a las oficinas y servicios varía según el departamento, y las fuentes oficiales no establecen un costo total ni un plazo uniforme para todos los trámites familiares. En la práctica, el apoyo informal de la familia extendida puede ser importante, pero sus efectos legales podrían requerir reconocimiento, acuerdos de guarda o una decisión judicial.
La familia en Paraguay
La vida familiar en Paraguay incluye el matrimonio, las uniones estables, las relaciones entre padres e hijos, el apoyo en el hogar, el cuidado, la protección y las transiciones familiares. La Constitución protege el matrimonio, las uniones estables, las relaciones familiares, la ascendencia, la asistencia familiar y la prevención de la violencia doméstica. Los hogares ampliados y multigeneracionales son comunes: el censo de 2022 registró un 44,5 % de hogares nucleares completos, un 26,7 % de hogares extendidos y un 41,0 % de hogares encabezados por mujeres.
VivAVia puede cometer errores. Comprueba la información importante.

