El censo nacional de población y vivienda de 2024 registró como católica romana al 36.2% de la población en hogares de Uganda, como anglicana vinculada a la Iglesia de Uganda al 29.0%, como cristiana pentecostal o evangélica al 14.3%, como musulmana al 13.2%, como adventista del séptimo día al 2.0%, como cristiana ortodoxa al 0.1% y como testigo de Jehová al 0.1%. Las religiones tradicionales representaban el 0.1%; otras religiones, incluidas comunidades bahaíes, hindúes y budistas, el 1.5%; quienes declararon no tener religión, el 0.2%; y el 3.3% no estaba clasificado. Las iglesias de los Born Again, las congregaciones locales y las mezquitas forman parte del panorama religioso del país. Owobusobozi y otras prácticas tradicionales o sincréticas quizá no aparezcan como categorías estadísticas separadas de gran tamaño. La práctica religiosa incluye cultos, oraciones, predicación, estudio de la Biblia o el Corán, sacramentos y otros ritos eclesiásticos. La práctica musulmana puede incluir el Ramadán, celebraciones del Eid, la oración del viernes, el hach y el zakat, es decir, la limosna exigida dentro de la práctica islámica. Las comunidades cristianas celebran distintos ayunos y festividades, y las comunidades adventistas del séptimo día observan el sábado como día semanal de culto. Los detalles de los servicios, la afiliación, las donaciones y los ritos varían entre congregaciones, mezquitas y organizaciones religiosas. Uganda no tiene religión oficial. El artículo 29 de la Constitución protege la libertad de pensamiento, conciencia y creencias, la práctica y manifestación de la religión y la asociación religiosa. El artículo 21 prohíbe la discriminación por motivos que incluyen la fe o religión, y el artículo 34(3) protege el acceso de los niños a la educación y sus beneficios relacionados, sin denegarlos por motivos religiosos. Estos derechos siguen sujetos a la Constitución, el orden público, la protección infantil y otras leyes de aplicación general. Las organizaciones religiosas no utilizan un único registro nacional de religiones ni una licencia unificada. Según su forma jurídica, una organización puede recurrir a la Ley de Incorporación de Fideicomisarios, la Ley de Sociedades o la Ley de Incorporación de la Iglesia de Inglaterra. Una organización religiosa que realice actividades propias de una ONG quizá necesite registrarse y obtener un permiso de la Oficina de ONG. En general, una ONG indígena primero se constituye ante la Oficina de Servicios de Registro de Uganda y después tramita el registro ante la Oficina de ONG. Las tarifas indicadas son UGX 100,000 por el certificado y UGX 60,000 anuales por el permiso, con períodos de uno a cinco años. Una sección de preguntas frecuentes de la Oficina de ONG afirma que la Ley de ONG no se aplica a una organización religiosa cuyas actividades sean puramente espirituales, mientras que se ha anunciado un marco legal o normativo distinto; por tanto, hay que comprobar la situación jurídica vigente para cada organización. El Consejo Supremo Musulmán de Uganda (Uganda Muslim Supreme Council, UMSC) cuenta con una estructura que va de su sede central a las regiones musulmanas, los distritos y condados musulmanes y las mezquitas. El Consejo Interreligioso de Uganda (Inter-Religious Council of Uganda, IRCU) se creó en 2001 como plataforma nacional de diálogo y coordinación interreligiosos. Entre sus organizaciones participantes figuran la Iglesia católica romana, la Iglesia de Uganda, la Iglesia ortodoxa de Uganda, UMSC, la Unión de Adventistas del Séptimo Día de Uganda y redes pentecostales o evangélicas, con posible participación de entidades bahaíes, metodistas y luteranas. El diálogo de IRCU es voluntario y no establece una doctrina vinculante para todas las religiones. La educación religiosa adopta distintas formas dentro del sistema escolar ugandés. De Primary 1 a Primary 3, Educación Religiosa es un área de aprendizaje. De Primary 4 a Primary 7, las escuelas pueden ofrecer Educación Religiosa Cristiana o Educación Religiosa Islámica, según los recursos disponibles y la entidad religiosa que las respalda. En Primary 7, la escuela elige la opción pertinente conforme a esas condiciones. Ambas asignaturas continúan en el primer ciclo de secundaria; en 2025 se introdujo un programa de Educación Religiosa Islámica para el segundo ciclo. El Ministerio de Educación y Deportes y el Centro Nacional de Desarrollo Curricular son responsables del marco educativo nacional. Las escuelas religiosas pueden funcionar conforme a la política y las normas nacionales de educación. El Viernes Santo, el Lunes de Pascua, el día de Navidad, el cumpleaños del profeta Mahoma, Idd el-Fitr, Idd Adhua o Idd-ul-Zuho, y el Día de los Mártires del 3 de junio son días festivos según la Ley de Días Festivos. Las fechas islámicas varían porque siguen el calendario islámico. La ley dispone que se remunere íntegramente el trabajo realizado en un día festivo. El Día de los Mártires tiene importancia religiosa e histórica, pero su reconocimiento público no crea una categoría general distinta de tradición. Las ceremonias religiosas no sustituyen automáticamente el registro civil. El matrimonio religioso y el proceso legal matrimonial son distintos. Para tener validez legal, la ceremonia suele requerir un lugar de culto autorizado, un ministro reconocido, el certificado del registrador o la licencia ministerial correspondiente, al menos dos testigos y las puertas abiertas entre las 8:00 y las 18:00. Las tarifas indicadas en la Ley de Matrimonio incluyen UGX 10,000 por el aviso, UGX 25,000 por el certificado, UGX 200,000 por una ceremonia del registrador, UGX 25,000 por el registro y UGX 200,000 por una licencia para un lugar de culto. Los matrimonios hindúes y musulmanes tienen disposiciones legales especiales. El bautismo, el nikah, las ceremonias de imposición de nombre y los funerales siguen las prácticas de cada confesión; el Estado registra por separado todos los nacimientos, matrimonios y fallecimientos. Las ofrendas, diezmos y campañas de recaudación de fondos de una organización religiosa directamente sin fines de lucro pueden optar a una exención del impuesto sobre la renta, pero solo si la Autoridad Fiscal de Uganda expide una carta de exención y la organización no proporciona beneficios privados. Las organizaciones religiosas con actividades comerciales, ingresos por alquiler, suministros o importaciones imponibles, o empleados quizá necesiten un Número de Identificación Fiscal, registros contables y declaraciones de impuestos. El IVA y el Sistema Electrónico de Recepción y Facturación Fiscal se aplican cuando corresponda. Las donaciones, tasas y ritos no están normalizados nacionalmente, por lo que el acceso y los costes dependen de cada congregación, mezquita, escuela, organización o ceremonia. Las comunidades religiosas suelen conocerse a través de congregaciones y mezquitas locales. Los datos nacionales sobre afiliación son relativamente claros, pero las prácticas, los acuerdos institucionales y los costes no deben considerarse idénticos en todos los distritos o regiones. No existe una única autoridad general para la religión en Uganda; distintas funciones corresponden a organizaciones formales, instituciones locales, plataformas interreligiosas y prácticas informales.
Religión en Uganda
La religión en Uganda incluye comunidades cristianas, musulmanas, tradicionales y de otras confesiones, así como personas sin afiliación religiosa. Las cifras de población en hogares del censo de 2024 registraron un 81.7% de cristianos y un 13.2% de musulmanes. La práctica religiosa, la educación, los días festivos, la organización comunitaria y los acontecimientos de la vida se rigen por los derechos constitucionales y la legislación general de Uganda.
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