En general, la ley principal de empleo (Employment Act) se aplica a todos los empleados de las Bahamas, incluidos los de la Corona y organismos públicos. Las fuerzas disciplinarias no están sujetas al mismo ámbito de aplicación. Un contrato de trabajo puede celebrarse verbalmente o por escrito. El empleador debe informar rápidamente al empleado sobre las partes del contrato, el trabajo, cualquier duración determinada, los salarios, las prestaciones, el cálculo y el pago de los salarios y la jornada diaria. Se mantienen los derechos contractuales que sean más favorables para el empleado. La ley protege contra la discriminación por raza, credo, sexo, estado civil, opinión política, edad o VIH/SIDA. Se aplica el principio de igual remuneración por trabajo sustancialmente igual o igual realizado en el mismo establecimiento. Los empleadores deben ofrecer adaptaciones razonables a empleados con discapacidad cuando sean razonables y no supongan dificultades excesivas. La jornada ordinaria máxima es de ocho horas diarias o 40 semanales. En trabajos irregulares, el límite se calcula como promedio durante cuatro semanas. En ámbitos como industria, construcción, manufactura, carga y descarga y servicios esenciales puede aplicarse una jornada de hasta doce horas diarias. Ciertas normas sobre jornada tienen excepciones para puestos directivos y de supervisión. En cada período de siete días, los empleados suelen tener derecho a 48 horas de descanso, incluidas 24 horas consecutivas. Las horas extra suelen pagarse a 1.5 veces la tarifa ordinaria; en festivos y días de descanso suele corresponder el doble. Se aplican reglas especiales a empleados con propinas en turismo y hostelería. Tras doce meses de empleo, corresponde al menos dos semanas de licencia anual remunerada. Si cae un festivo durante la licencia, esta se amplía un día. Tras seis meses de empleo, se concede una semana anual de licencia por enfermedad remunerada; este derecho no se acumula. En general, el primer día de enfermedad no se paga salvo que se presente un certificado médico. El empleador puede exigir un examen de un médico independiente. Tras al menos doce meses con el mismo empleador, el empleado tiene derecho a por lo menos doce semanas de licencia de maternidad. Debe tomarse al menos una semana antes de la fecha prevista del parto y al menos ocho semanas después. El mismo empleador solo debe pagar la prestación de maternidad una vez dentro de tres años. Tras el parto, se pueden conceder hasta seis semanas adicionales de licencia no remunerada con recomendación médica. Después de seis meses de empleo, también puede corresponder hasta una semana anual de licencia familiar no remunerada por nacimiento, fallecimiento o enfermedad de un hijo, cónyuge o progenitor. Es ilegal despedir por embarazo o maternidad. Al regresar, siguen protegidos la antigüedad, el mismo puesto o uno equivalente y la remuneración. Desde el 1 de enero de 2023, el salario mínimo legal es de 6.50 dólares bahameños por hora, 52 dólares por día o 260 dólares por semana. El pago debe hacerse regularmente, como máximo cada mes y en moneda bahameña, por ejemplo en efectivo, cheque o depósito en cuenta bancaria. Con cada pago, el empleador debe emitir un comprobante escrito con el período de pago, las horas trabajadas y la tarifa salarial. Los registros salariales deben conservarse al menos tres años. Las deducciones por préstamos no pueden superar una quinta parte de la paga correspondiente al período. Las reglas de cotización al sistema nacional de seguro se refieren al organismo de seguro nacional (National Insurance Board): desde el 1 de julio de 2024, las cotizaciones suelen calcularse al 4.65% para empleados y al 6.65% para empleadores. El límite asegurable es de 810 dólares por semana. El empleador asume en exclusiva los atrasos en sus cotizaciones. Por lo general, las prestaciones legales las financia el empleador; la cotización del empleado al National Insurance se descuenta de su salario. Los plazos de preaviso para el despido ordinario por parte del empleador varían según la antigüedad. Tras seis y antes de doce meses se exige al menos una semana y el pago legal prorrateado. A partir de doce meses, se exigen al menos dos semanas más dos semanas por cada año completo de empleo, hasta un máximo de 24 semanas. Los directivos y supervisores reciben plazos más largos: al menos un mes más un mes adicional por cada año, hasta un máximo de 48 semanas. Por regla general, los empleados dan dos semanas de preaviso tras un año y antes de dos, y cuatro semanas tras dos años. El despido sumario requiere motivos reconocidos legalmente, como conducta indebida, incumplimiento deliberado del deber, incumplimiento contractual, deshonestidad, negligencia reiterada, incompetencia o conducta gravemente indebida. El empleador debe demostrar una creencia honesta y razonable y una investigación razonable. En una redundancia debida al cierre de la empresa o a una reducción de las necesidades de personal, un empleado con al menos un año de empleo continuo suele tener derecho a un pago en la fecha de terminación o antes. El cálculo conforme a la Sección 26 suele ser de dos semanas de salario básico o de terminación por cada año de empleo, hasta un máximo de 24 semanas. La reclamación puede presentarse ante el tribunal laboral (Industrial Tribunal) como deuda preferente. Se aplica una excepción a los contratos de duración determinada de menos de dos años relacionados con un proyecto específico de construcción. Se puede impugnar un despido por injusto si no se basa en motivos sustantivos suficientes. Esto incluye el despido por afiliación o actividad sindical, embarazo o selección discriminatoria para redundancia. El tribunal laboral puede ordenar readmisión, recontratación o indemnización. La indemnización suele limitarse a 18 meses de salario, o 24 meses para empleados directivos y de supervisión. Por lo general, no se puede emplear a niños menores de 14 años, salvo en los casos previstos por el Primer Anexo legal (First Schedule). No se puede trabajar durante el horario escolar. El trabajo nocturno de 20:00 a 06:00 está prohibido para niños; existen excepciones para jóvenes de 14 a menos de 18 años, incluso en hoteles, restaurantes, tiendas de alimentos, comercios generales y estaciones de servicio. Los jóvenes pueden trabajar como máximo tres horas en un día escolar, 24 horas en una semana escolar, ocho horas en un día no escolar y 40 horas en una semana no escolar. En general, los menores de 16 años no pueden trabajar en barcos, salvo en tripulaciones familiares o en aguas bahameñas bajo las condiciones que establece la ley. Los empleadores deben proteger la salud, seguridad y bienestar de todos los empleados en la medida razonablemente viable. Los empleados deben actuar con cuidado razonable y cooperar. La unidad de inspección laboral (Labour Inspection Section) puede emitir avisos de mejora y prohibición e intervenir ante peligro inmediato. Cualquier persona puede notificar gratuitamente una infracción de salud o seguridad, sin plazo fijo; la tramitación depende del caso. Las notificaciones se envían a la unidad de inspección, incluso a labour@bahamas.gov.bs. Los sindicatos se inscriben ante el Registrar of Trade Unions and Industrial Agreements. Se requieren votaciones secretas para ciertas resoluciones y huelgas. Los convenios colectivos registrados (Industrial Agreements) deben inscribirse y pueden regular negociaciones, condiciones de empleo y resolución de disputas. Despedir por afiliación o actividad sindical puede ser injusto. Por lo general, las huelgas y cierres patronales requieren avisos, conciliación y remisión conforme a la ley, y están prohibidos mientras haya procedimientos pendientes ante el tribunal. Los servicios esenciales están sujetos a procedimientos especiales, incluida la posible remisión por el ministro. En una disputa laboral, los empleados o sindicatos pueden presentar primero ante la autoridad laboral (Department of Labour) un informe registrado de disputa laboral (Report of Trade Dispute). Las partes deben participar de buena fe en la conciliación. Una vez transcurridos los plazos legales, el ministro puede remitir el asunto al tribunal laboral. El tribunal decide disputas de servicios esenciales y no esenciales, convenios colectivos y otras cuestiones que le asigna la ley. Tiene sede en Nassau, en New Providence, y en Freeport, para la región norte. Los procedimientos se rigen por las reglas procesales del tribunal (Industrial Tribunal (Procedure) Rules 2025); las decisiones pueden ejecutarse a través de la Supreme Court. No se dispone de información general fiable sobre tasas procesales concretas. La ley de aprendizaje profesional de 2024 (Apprenticeship Act 2024) está vigente desde el 6 de agosto de 2024. El aprendizaje es una formación estructurada en el puesto y fuera de él, remunerada o compensada de otro modo, que proporciona competencias o cualificaciones reconocidas. La responsabilidad recae en el consejo nacional de aprendices (National Apprentice Board) y la unidad nacional de aprendizaje (National Apprenticeship Unit). El acceso y las condiciones dependen del sector y del acuerdo correspondiente. El sistema nacional cuenta con el apoyo de oficinas del departamento de trabajo en varias islas, incluidas Nassau, Abaco, Andros y las Berry Islands, Bimini, Eleuthera, Exuma y Grand Bahama.
Derecho laboral en las Bahamas
El derecho laboral en las Bahamas regula los contratos de trabajo, la jornada, los salarios, las licencias, la salud y seguridad, los sindicatos, las disputas y la terminación del empleo. La Employment Act se aplica por regla general a los empleados, incluidos los organismos públicos, aunque ciertas fuerzas disciplinarias están exceptuadas. Entre las autoridades principales figuran el Department of Labour, la Labour Inspection Section, el Industrial Tribunal y el National Insurance Board.
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