En Senegal no existe una única autoridad responsable de todos los asuntos relativos a los empleadores. La función empleadora la desempeñan un employeur, chef d'entreprise o chef d'établissement, mientras que distintos organismos públicos y de protección social gestionan obligaciones concretas. La Inspection du Travail et de la Sécurité sociale (ITSS) se ocupa de las inspecciones laborales, avisos de empleo, conflictos en el lugar de trabajo y representación de los trabajadores. La Direction générale du Travail et de la Sécurité sociale (DGTSS) coordina la administración laboral nacional y las direcciones laborales regionales gestionan asuntos locales. La Caisse de sécurité sociale (CSS) cubre accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y prestaciones familiares. La Institution de prévoyance retraite du Sénégal (IPRES) administra la protección de vejez. Una Institution de prévoyance maladie (IPM) ofrece cobertura sanitaria a los empleados y sus familias. Un empleador formal suele obtener un NINEA, un número CSS, un número IPRES y, cuando corresponda, el número único IPRES-CSS. Antes de abrir un établissement o chantier, debe notificarlo a la ITSS y comunicar el cierre, traslado, cambio de actividad u otro cambio relevante. Cuando un empleado empieza o termina, el empleador comunica a la ITSS su identidad, nacionalidad, ocupación, tipo de contrato, clasificación, actividad y certificado médico. En 2024, la inscripción de contratos se documentó como digital a través de IRTSS Dakar; en las demás regiones se documentaron trámites presenciales. Cada establecimiento lleva un registro de empleador en tres partes: datos personales y contractuales; información sobre trabajo, remuneración y permisos; y observaciones de la ITSS. El registro debe mantenerse actualizado y conservarse durante cinco años. Un inspector puede entrar sin aviso previo y solicitarlo de inmediato. Los empleadores con menos de 50 trabajadores presentan una Declaración anual de la situación de la mano de obra (Déclaration annuelle de la situation de la main-d'œuvre, DASMO). Los empleadores con al menos 50 trabajadores preparan un informe social anual (Bilan social), un informe estructurado sobre la plantilla y la situación laboral, antes del 30 de mayo del año siguiente. El empleador documenta las condiciones laborales, entrega una nómina con cada pago y mantiene un registro de pagos. Los componentes salariales, complementos e indemnizaciones deben aparecer por separado. La jornada legal es de 40 horas semanales, con recargos por horas extraordinarias cuando corresponda. Según el Convenio colectivo nacional interprofesional (Convention collective nationale interprofessionnelle, CCNI) de 2019, las vacaciones retribuidas suelen devengarse a razón de dos días laborables por mes de servicio; las normas sectoriales y convenios colectivos pueden fijar condiciones más específicas. El salario mínimo y las clasificaciones laborales dependen del sector y convenio colectivo correspondiente. El empleador retiene las cotizaciones exigidas a los empleados y las abona a los organismos correspondientes. Entre los costes patronales figuran salarios, cotizaciones patronales, vacaciones retribuidas, administración de nóminas, seguridad laboral, medidas de protección y formación. Las tasas de cotización y los topes de cotización dependen de la institución y el sector; por ello, no existe una cantidad fija nacional aplicable a todos los empleadores. La CCNI establece límites escritos para el período de prueba: hasta ocho días para trabajadores por hora o día; un mes para ouvriers y employés; dos meses para supervisores y técnicos; y tres meses para ingenieros y directivos. El período de prueba puede renovarse una vez si se cumplen las condiciones y plazos exigidos. Los empleadores deben garantizar igualdad de trato y no discriminación en la contratación, formación, funciones, condiciones laborales, salario, prestaciones, ascensos y terminación. La protección por maternidad suspende el trabajo durante 14 semanas; el empleador no puede exigir que la empleada trabaje ni despedirla durante ese período protegido. El chef d'établissement adopta el reglamento interno del establecimiento. Este puede tratar la organización técnica del trabajo, la disciplina, la higiene y la seguridad. Si hay delegados de personal, el empleador les presenta el reglamento y lo remite a la ITSS antes de que entre en vigor. Los empleadores pueden establecer canales escritos para la expresión individual o colectiva y negociar convenios de empresa o establecimiento con los delegados de personal y los sindicatos representativos. El empleador organiza la seguridad laboral mediante un servicio de seguridad en el lugar de trabajo y un Comité d'hygiène et de sécurité (CHST). El servicio puede ser interno, compartido entre empresas o externo. Todos los empleados deben tener acceso a medicina del trabajo mediante un servicio interno o interempresarial. La prevención incluye identificar y evaluar riesgos, actuar sobre ellos desde su origen, adaptar el trabajo a las personas, tener en cuenta los avances técnicos, priorizar la protección colectiva sobre la individual y facilitar información y formación. Las condiciones del lugar de trabajo deben medirse y evaluarse periódicamente. Los establecimientos con más de 10 empleados, es decir, al menos 11, deben tener delegados de personal. Las elecciones son secretas, el mandato dura tres años y puede haber reelección. El empleador envía el acta electoral a la ITSS en un plazo de ocho días. Los delegados pueden presentar reclamaciones y asesorar sobre organización del trabajo, productividad, higiene, seguridad, reglamento interno, reorganización y despidos. El despido de un delegado de personal requiere autorización previa del inspector laboral. Para un conflicto laboral individual, el empleador o el empleado presenta una solicitud escrita a la ITSS. La ITSS convoca a las partes y registra el resultado de la conciliación. Un acta de conciliación con fórmula ejecutiva puede ejecutarse a través del Tribunal du travail. Si la conciliación fracasa, el acta de no conciliación permite llevar el asunto al Tribunal du travail. Los conflictos colectivos se someten de inmediato a la ITSS competente o a la DGTSS si afectan a más de una región. Un cambio contractual sustancial por incapacidad física, circunstancias económicas o reorganización requiere una propuesta escrita. El empleado dispone de un plazo equivalente al preaviso para aceptarla o rechazarla. El rechazo puede activar un procedimiento de terminación iniciado por el empleador. Durante una interrupción temporal de la actividad, puede recurrirse al desempleo técnico (chômage technique) después de consultar a los delegados de personal. En una terminación económica por reducción de actividad o reorganización, el empleador debe examinar primero la reducción de jornada, la rotación, el desempleo parcial (chômage partiel) o técnico (chômage technique), la formación y la reasignación. Si se termina la relación, los criterios de selección incluyen aptitud profesional, antigüedad y responsabilidades familiares. El empleador debe pagar una compensación especial equivalente a un mes de salario bruto, además del preaviso y la indemnización por terminación; el trabajador despedido tiene prioridad de recontratación durante dos años. Para terminar el contrato de un delegado de personal hace falta una autorización especial de la ITSS. En 2024, los registros de ITSS mostraron 1,928 establecimientos abiertos o reabiertos y 10,386 nuevos empleos, junto con 155 establecimientos cerrados y 880 empleos perdidos. Estas cifras proceden del sistema de notificación de ITSS y no representan toda la economía. Cuando cambia la estructura de un establecimiento, el empleador debe coordinar las notificaciones, los registros de personal, la DASMO o el Bilan social, las consultas con representantes y los informes de protección social. El empleo en Senegal es en gran medida informal; por eso, aunque existe una vía formal para empleadores, suele ser menos accesible para las microempresas informales, en las que la inscripción y la cobertura de protección social son limitadas.
Empleador en Senegal
En Senegal, un empleador es toda persona física o jurídica, pública o privada, que contrata al menos a un trabajador. Las responsabilidades formales abarcan la inscripción, los contratos, las nóminas, las condiciones laborales, la protección social, la seguridad en el lugar de trabajo y la representación de los trabajadores. En el sector informal, estas tareas suelen gestionarse personalmente y de forma fragmentada; las responsabilidades formales se reparten entre ITSS, DGTSS, CSS, IPRES e IPM.
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