El Código Laboral se aplica al trabajo remunerado dependiente realizado bajo la dirección de un empleador a cambio de un salario. Las normas laborales se aplican en todo Togo; no se ha establecido ninguna norma regional especial fiable para empezar a trabajar. El francés es el idioma oficial de trabajo y de los contratos. Un contrato redactado en otro idioma debe acompañarse de una traducción al francés. Quienes buscan trabajo pueden inscribirse en ANPE, el servicio público de empleo de Togo, a través de SIANPE o directamente en una oficina de ANPE. La inscripción en línea requiere una dirección de correo electrónico, un número de teléfono y una contraseña. Normalmente, la oficina solicita una fotografía de pasaporte, un currículum vítae y una copia de un diploma antes de expedir gratuitamente una carte de demandeur d'emploi. La tarjeta no tiene fecha de vencimiento. Pueden inscribirse ciudadanos togoleses y extranjeros; ANPE puede apoyar la colocación nacional o internacional, orientar sobre formación y reconversión. La inscripción de candidatos y los servicios de colocación son gratuitos; ningún empleador o intermediario debe exigir al candidato una tasa o depósito. Un empleador puede contratar directamente si el demandeur d'emploi ya está inscrito en ANPE, y debe notificar la contratación a ANPE en un plazo de ocho días. El empleador paga los costes de colocación. Los empleadores públicos y las empresas estatales deben publicar las vacantes y realizar pruebas a través del servicio público de colocación. El contrato habitual es un CDI, contrato de trabajo indefinido. Puede ser a tiempo completo o parcial. Un CDD, o contrato de duración determinada, se limita a una tarea claramente temporal y no puede utilizarse para la actividad normal y permanente del empleador. Por lo general, debe constar por escrito; inicialmente puede durar hasta dos años y, con prórrogas, hasta cuatro años en total. Un contrato que no cumpla los requisitos legales de un CDD se considera un CDI. El trabajo ocasional remunerado por hora o día constituye una excepción al requisito de contrato escrito. El contrato escrito debe identificar el convenio colectivo aplicable. No se exige tasa de timbre ni de registro, y las partes pueden probar por cualquier medio una relación laboral no documentada por escrito. Un periodo de prueba solo es válido si se acuerda por escrito. Para un CDD puede durar hasta un mes y no renovarse. Para un CDI, el máximo es de ocho días para trabajadores remunerados por hora, un mes para ouvriers y employés, tres meses para agents de maîtrise y techniciens, y seis meses para cadres. Los periodos de uno y tres meses pueden renovarse una vez; el de seis meses no. Cualquiera de las partes puede poner fin al periodo de prueba, normalmente con un preaviso de 48 horas; no se debe indemnización por esa terminación. La contratación y el empleo no deben discriminar por motivos como origen, sexo, color, edad, situación familiar, identidad étnica o racial, opinión política o filosófica, afiliación sindical, religión, discapacidad o salud. Los trabajadores están protegidos contra la violencia y el acoso y no deben ser sancionados por rechazar o denunciar esas conductas. El SMIG es el salario mínimo nacional para las principales categorías de empleo del sector privado y el SMAG se aplica al trabajo agrícola. Desde el 1 de enero de 2023, ambos ascienden a 302.89 FCFA por hora o 52,500 FCFA al mes en todo el país. El trabajo a destajo debe pagar al menos el SMIG por 160 horas mensuales. Los salarios deben pagarse en moneda de curso legal y justificarse con una nómina u otro registro verificable. Los salarios diarios o semanales no pueden pagarse con intervalos superiores a 15 días. Los salarios mensuales deben pagarse al menos una vez al mes y, como máximo, ocho días después de que termine el mes. Los salarios y compensaciones pendientes al finalizar el empleo son pagaderos de inmediato. La jornada normal se limita a 40 horas semanales y 10 horas diarias. La agricultura está sujeta a un límite anual de 2,400 horas. En general, las horas extraordinarias se limitan a 20 por semana, aunque por decreto algunos sectores especiales pueden llegar a 48 horas semanales. Los empleados tienen derecho a por lo menos 24 horas consecutivas de descanso semanal, normalmente el domingo. Las vacaciones pagadas se acumulan a razón de 2.5 días por mes de servicio efectivo. El derecho suele surgir tras un año; se puede acordar un prorrateo de vacaciones tras seis meses. Las vacaciones pueden trasladarse hasta dos años y las vacaciones acumuladas no utilizadas al finalizar el empleo dan derecho a una indemnización. El teletrabajo confiere los mismos derechos laborales que el trabajo en el centro de trabajo. Los empleadores deben organizar la salud y seguridad laboral y facilitar el acceso a personas con discapacidad. A partir de 25 empleados se exige un comité de seguridad y salud; los centros de menor tamaño deben nombrar a un delegado de seguridad. Los empleados cubiertos por el Código Laboral deben estar inscritos en CNSS, la Caja Nacional de Seguridad Social. El empleador debe inscribir al empleado dentro de los ocho días posteriores a la contratación o al inicio de la primera relación laboral. Por lo general, el empleado presenta el formulario, un certificado de nacimiento legalizado o, en el caso de un empleado extranjero, una copia del pasaporte, y una fotografía de pasaporte. Si el empleador no inscribe al empleado, este puede registrarse directamente en CNSS y no debe ser sancionado por hacerlo. La cobertura de CNSS para el empleado suma el 21.5% de la base de cotización: el 17.5% lo paga el empleador y el 4% se descuenta del salario del empleado. La base suele incluir el salario, las bonificaciones, las indemnizaciones y las prestaciones; excluye los reembolsos de gastos y las prestaciones familiares, y no puede ser inferior al SMIG. El empleador paga el total a CNSS. La cobertura incluye prestaciones familiares, riesgos profesionales y pensiones de vejez. AMU es el seguro obligatorio de salud para los empleados cubiertos. Su cotización equivale al 10% de la remuneración cotizable; el empleador paga al menos la mitad y el resto se descuenta del salario del empleado. El empleador presenta declaraciones de plantilla dos veces al año y, por lo general, las cotizaciones vencen el día 15 del mes siguiente. Un CDI puede terminar por renuncia, despido por motivos personales o económicos, terminación de mutuo acuerdo, fuerza mayor, fallecimiento o jubilación. La renuncia debe ser escrita. El preaviso mínimo es de 15 días para trabajadores remunerados por hora, un mes para ouvriers y employés, y tres meses para agents de maîtrise y cadres. Tras al menos 12 meses de servicio ininterrumpido, el despido por motivos personales suele dar derecho a una indemnización por despido, salvo que el empleado haya cometido una falta grave o muy grave. La tasa legal es el 35% del salario mensual medio por cada uno de los primeros cinco años, el 40% para los años seis a diez y el 45% a partir del undécimo año. El despido económico incluye una compensación mínima de un mes de salario bruto y una prioridad de readmisión de 24 meses. La rupture conventionnelle, terminación acordada de mutuo acuerdo, debe constar por escrito. Cada parte dispone de siete días para retractarse; luego, el acuerdo se envía a la Inspection du travail et des lois sociales para su aprobación. Si esta no responde en siete días, se considera aprobado. Al finalizar el empleo, el empleador debe entregar gratuitamente, si se solicita, un certificat de travail que indique las fechas, los puestos y la duración del empleo. El empleado o el empleador puede presentar primero un conflicto ante la Inspection du travail et des lois sociales para conciliación. La autoridad debe convocar a las partes dentro de 15 días. Si la conciliación fracasa, el Tribunal du travail puede conocer del conflicto laboral individual. Por lo general, las reclamaciones relativas al cumplimiento o la terminación de la relación laboral prescriben a los cinco años. El empleo formal dependiente es solo una parte del mercado laboral. La encuesta ERI-ESI de 2017 y los datos de INSEED registraron alrededor del 91.6% de empleos informales, un 74.7% de trabajo vulnerable y una tasa de empleo asalariado de cerca del 22.5%; son cifras históricas y no deben tratarse como tasas actuales. En ese conjunto de datos, el trabajo vulnerable afectaba aproximadamente al 87.4% de las mujeres y al 60.6% de los hombres. El trabajo informal es común en el comercio, los servicios, la agricultura y el trabajo doméstico, a menudo sin contrato escrito ni protección de CNSS. Una encuesta RGE de 2018 contabilizó 305,948 empleados en las unidades económicas incluidas; el 71.4% de los empleados de esa encuesta se encontraba en Grand-Lomé. No era un recuento de todo el mercado laboral nacional.
Empleo en Togo
El empleo en Togo comprende el trabajo remunerado realizado bajo la dirección y autoridad de un empleador. El empleo formal suele regirse por un contrato indefinido o de duración determinada, con normas sobre remuneración, jornada, permisos, cotizaciones sociales y terminación. Quienes buscan trabajo pueden recurrir al servicio público de empleo, mientras que el trabajo dependiente informal sigue muy extendido y a menudo carece de contratos escritos y protección social. Desde el 1 de enero de 2023, el salario mínimo nacional es de 302.89 FCFA por hora o 52,500 FCFA al mes.
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