Quienes necesitan visado suelen solicitarlo en línea a través del portal oficial de inmigración electrónica de Uganda antes de viajar; por lo general, Uganda no expide visados a la llegada. El solicitante elige el tipo de visado, completa el formulario, carga los documentos y presenta la solicitud. Normalmente, el pasaporte o documento de viaje debe tener una validez mínima de seis meses. La carta de aprobación y el pasaporte se presentan en el punto de entrada, y puede exigirse un certificado de fiebre amarilla. Las personas de nacionalidades exentas de visado deben consultar igualmente la lista oficial vigente y sus condiciones. La autorización de aprobación del visado es válida durante 90 días. Un visado ordinario o de turista suele permitir una entrada de hasta tres meses y cuesta USD 50. La estancia inicial puede prorrogarse hasta 60 días en dos intervalos. Un visado de tránsito permite una estancia máxima de siete días, no puede prorrogarse y cuesta USD 50. Los visados de entradas múltiples tienen una validez de seis, doce o veinticuatro meses, pero no permiten trabajar y por lo general exigen certificado de antecedentes policiales, certificado de fiebre amarilla, referencias ugandesas y carta de presentación. La página actual del servicio indica USD 100 para seis o doce meses y USD 200 para veinticuatro meses, mientras que un aviso anterior de la NCIC indicaba USD 150 para veinticuatro meses; compruebe el portal oficial o la tarifa vigente antes de pagar. El Visado Turístico de África Oriental permite hacer turismo en Uganda, Kenia y Ruanda durante un máximo de 90 días, no se puede renovar, cuesta USD 100 y lo expide el primer país de entrada; no permite trabajar. Los permisos de entrada cubren el trabajo y otras estancias prolongadas. Las categorías incluyen trabajo diplomático y oficial, empleo para el Gobierno de Uganda, agricultura, agroprocesamiento, minería, comercio general, manufactura, profesiones especificadas, misioneros y voluntarios de ONG, empleo asalariado para expatriados, empleos de habilidades escasas seleccionadas y residencia basada en ingresos extranjeros garantizados sin trabajar. Las personas de Kenia y Ruanda necesitan permiso, pero están exentas de la tasa de inmigración. Para los nacionales de Tanzania se indica una tasa de permiso de trabajo de USD 1,550. Quienes estudien en Uganda durante más de cuatro meses suelen solicitar un Pase de Estudiante, disponible por tres, seis o doce meses. Por lo general, la solicitud requiere una carta de admisión, una carta de apoyo de la institución educativa, el carné de estudiante, prueba de pago, pasaporte válido durante seis meses, una fotografía y pruebas de la situación migratoria vigente. Para las solicitudes de menores también se incluyen documentos de identidad y situación migratoria de los padres o tutores. La tasa es USD 100 para cualquier periodo concedido; los nacionales de la Comunidad de África Oriental están exentos de la tasa. El proceso comprende la solicitud en línea, la aprobación y la toma de datos biométricos. Un Pase de Dependiente puede cubrir al cónyuge, a un hijo menor de 18 años o a otro familiar de una persona extranjera residente que tenga un permiso de trabajo, estudios o residencia legal. También puede cubrir a un familiar dependiente extranjero de un ciudadano ugandés. Las pruebas suelen incluir documentos de matrimonio, nacimiento u otra relación, la situación y el pasaporte del solicitante principal, el pasaporte del dependiente válido durante seis meses, una fotografía y una carta de presentación. Las tasas indicadas son USD 200 para un hijo, USD 350 para el cónyuge y USD 1,000 para otro familiar. Los documentos deben estar en inglés. Las tasas no son reembolsables y pueden aplicarse cargos bancarios. Las reglas detalladas sobre permisos, pases y estancias legales prolongadas constituyen el núcleo práctico del derecho de residencia en Uganda. Podría concederse un Certificado de Residencia a una persona que lleve casada legalmente con un ugandés al menos tres años y tenga residencia legal. Otras posibilidades de residencia documentadas incluyen diez años de residencia continua, junto con una contribución al desarrollo socioeconómico de Uganda; haber sido ciudadano ugandés y tener ahora ciudadanía extranjera; y obtener residencia permanente mediante una contribución socioeconómica o intelectual sustancial, diez años de residencia legal continua y buena conducta o integridad. Los certificados pueden durar cinco o diez años, ser vitalicios o tener la duración que indiquen. Estos estatus no se obtienen automáticamente por haber vivido en Uganda cierto tiempo. La ciudadanía no se obtiene automáticamente por haber nacido en Uganda. Para una solicitud basada en el nacimiento se requiere haber nacido en Uganda y tener un progenitor o abuelo perteneciente a una de las 65 comunidades indígenas enumeradas en la Constitución que residiera en Uganda antes del 1 de febrero de 1926. La ciudadanía por registro puede estar disponible tras diez años de residencia y contribución socioeconómica o por matrimonio con un ugandés. La guía actual de la NCIC indica tasas no reembolsables de USD 200 más una tasa de aprobación de USD 5,000 para la categoría de estancia prolongada. Por matrimonio, el importe indicado es USD 200 más USD 3,000 si el cónyuge es ugandés indígena, o USD 5,000 si es ciudadano registrado. Las normas de naturalización exigen veinte años de residencia total, incluidos los 24 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de residencia continua, dominio suficiente del inglés o de una lengua ugandesa designada, antecedentes limpios, buena reputación moral e intención de residir permanentemente. La tasa de solicitud es UGX 100,000. Se permite la doble ciudadanía con las condiciones indicadas. Una persona adulta con capacidad que adquiere una ciudadanía extranjera puede tener que renunciar a la ugandesa si la ley extranjera así lo exige, sujeto a la aprobación de la Junta. Quien fue ciudadano ugandés y solicita recuperar la ciudadanía suele aportar pruebas de la ciudadanía anterior, pasaporte extranjero, certificado de buena conducta expedido en los últimos seis meses, informe médico o de aptitud mental, juramento, prueba de ocupación y otros documentos solicitados; la tasa de aprobación indicada es USD 400. Quienes solicitan protección pueden registrarse en una Oficina para Personas Refugiadas, en una frontera, ante la Oficina del Primer Ministro o en un asentamiento. El Comité de Elegibilidad de Refugiados decide las solicitudes de asilo. La protección puede corresponder a quien tenga un temor fundado relacionado con la raza, la religión, la nacionalidad, la opinión política o la pertenencia a un grupo social, o se enfrente a una guerra o a hechos que perturben gravemente el orden público. La Oficina del Primer Ministro emite una Atestación Temporal de Solicitante de Asilo, renovable después de tres meses y luego mensualmente mientras la solicitud esté pendiente. Las personas solicitantes de asilo inscritas permanecen legalmente en el país y están protegidas frente al retorno mientras esperan la decisión. Los cónyuges y los hijos menores de 18 años pueden presentar la solicitud con la persona solicitante, y los menores no acompañados pueden solicitarla de forma independiente. Las personas refugiadas reciben documentos como una tarjeta de identidad de refugiado o un certificado de solicitante de asilo y pueden tener derecho a permanecer, a no ser devueltas, a un trato justo y no discriminatorio, a desplazarse, a la educación, a la atención de la salud, al empleo, a servicios financieros y a un documento de viaje según la Convención, sujetos a los requisitos de seguridad. Deben inscribirse en la Oficina del Primer Ministro, someterse a controles de seguridad, comunicar los cambios familiares, respetar las leyes de Uganda y las normas de orden público, abstenerse de realizar actividades políticas y pagar impuestos si tienen empleo remunerado. La inscripción y los servicios para personas refugiadas son gratuitos. El reasentamiento no es un derecho ni un procedimiento de solicitud individual; requiere una derivación del ACNUR y no conlleva tasas. Por lo general, las solicitudes requieren la página biográfica del pasaporte, una fotografía, la situación o el permiso vigente, pruebas de invitación, admisión, empleo o parentesco y, cuando corresponda, un certificado de antecedentes policiales o de fiebre amarilla. El identificador de solicitud en línea permite consultar su estado. Un funcionario de inmigración puede solicitar información adicional. Según el centro, el pago puede hacerse antes de presentar la solicitud o después de que se requiera un pago complementario; la toma de datos biométricos tiene lugar en una oficina de inmigración o un puesto fronterizo. Los sitios web de visados no oficiales implican riesgo de fraude y denegación de entrada. La entrada, estancia o actividad laboral no autorizadas pueden acarrear un recargo, procesamiento judicial, salida organizada o deportación. Una persona puede permanecer en un Centro de Custodia de Inmigración mientras espera el procesamiento judicial o su expulsión. La fianza de inmigración es gratuita. Las personas que no son ciudadanas deben llevar el pasaporte y una copia de su situación migratoria vigente. Los empleadores presentan informes cada seis meses, los hoteles y alojamientos envían informes diarios sobre las personas no ciudadanas y quienes las hospedan deben informar sobre ellas a la oficina de inmigración más cercana. Las decisiones de rechazo de un centro de inmigración pueden apelarse ante el ministro del Interior a través del portal en los 30 días siguientes; deben presentarse la tasa de apelación y el pasaporte ante los servicios de inspección o jurídicos. Una apelación presentada fuera de plazo requiere una solicitud de prórroga. Sin apelación, la persona debe marcharse inmediatamente. Las decisiones denegatorias del Comité de Elegibilidad de Refugiados pueden recurrirse ante la Junta de Apelaciones de Refugiados en 30 días, explicando cualquier retraso. Tras una decisión de la Junta de Apelaciones, puede solicitarse revisión judicial.
Derecho de inmigración en Uganda
El derecho de inmigración de Uganda regula la entrada, los visados, la residencia, el trabajo, los estudios, los familiares, la protección, la residencia permanente, la ciudadanía y la expulsión. La Dirección Nacional de Ciudadanía e Inmigración (NCIC) gestiona la mayoría de los servicios migratorios, mientras que la Oficina del Primer Ministro se ocupa del asilo y de las cuestiones relacionadas con las personas refugiadas. Los requisitos, las tasas y los procedimientos dependen del propósito, la situación y la nacionalidad de la persona, así como de las pruebas aportadas.
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