Los ciudadanos yemeníes de 18 años o más tienen el derecho formal a votar, sujeto al periodo de espera legal para algunas personas naturalizadas. Cada votante tiene un voto y no puede inscribirse más de una vez. La inscripción está vinculada a la residencia, el lugar de trabajo principal o la dirección familiar del votante. Por lo general, los votantes utilizan una tarjeta electoral, un documento de identidad u otro documento oficial con fotografía. Las listas permanentes de votantes se revisan y actualizan cada dos años; el texto legal establece una revisión al menos cuatro meses antes de que se convoquen elecciones. Las listas se exponen al público durante cinco días. Una persona puede solicitar una corrección a través del comité de inscripción, después ante el tribunal de primera instancia y, luego, ante el tribunal de apelación. El marco legal y las referencias electorales más antiguas difieren en algunos plazos de inscripción, por lo que debe comprobarse la versión legal aplicable cuando se convoquen elecciones. La SCER es el órgano constitucional encargado de la gestión electoral. Entre sus funciones formales figuran preparar y supervisar elecciones y referendos, definir circunscripciones electorales, mantener listas de votantes, nombrar comités electorales, distribuir materiales, informar a los votantes y supervisar los resultados. La comisión tiene siete miembros con mandatos de seis años, según la Ley n.º 13/2001. El sistema formal contempla el voto secreto, libre, directo e igualitario, pero no garantiza actualmente el acceso en todo el país por el conflicto, la división territorial, la fragmentación institucional, los desplazamientos, las condiciones de seguridad y la incertidumbre en torno a los documentos y los registros de votantes. La disponibilidad de oficinas de inscripción y centros electorales puede variar según la zona. No se ha identificado una tasa legal para votar, aunque el transporte, los documentos, la seguridad y el acceso pueden generar costes prácticos. La Cámara de Representantes tiene 301 escaños, elegidos en circunscripciones uninominales por mayoría relativa, sistema conocido habitualmente como de mayoría simple. En caso de empate, se decide por sorteo, y el mandato parlamentario dura seis años. Para presentarse como candidato a la Cámara, la persona debe ser yemení, tener al menos 25 años, saber leer y escribir, tener buena conducta y no contar con una condena firme por deshonestidad. Los candidatos pueden presentarse con certificación de un partido o como independientes; un candidato independiente necesita el aval de al menos 300 votantes registrados. Se aplica una tasa de 5,000 YER por carteles electorales y algunos funcionarios públicos deben cumplir un periodo de incompatibilidad de tres meses antes de presentarse. El presidente se elige mediante voto popular directo y competitivo. Se requieren al menos dos candidatos, y para ganar uno necesita la mayoría absoluta de los votos válidos. Si nadie alcanza ese umbral, los dos candidatos con más votos pasan a una segunda vuelta dentro de 40 días. La nominación constitucional requiere el respaldo de al menos el 5% de los asistentes a un proceso conjunto de la Cámara y el Consejo de la Shura, así como al menos tres nombres. Los requisitos presidenciales incluyen ascendencia yemení, una edad mínima de 40 años, derechos políticos y civiles y las demás condiciones constitucionales. Las donaciones de campaña solo pueden proceder de personas físicas o jurídicas yemeníes y deben canalizarse a través de una cuenta bancaria; se prohíbe la financiación extranjera. El mandato presidencial dura siete años, con un máximo de dos mandatos según la Constitución. Las elecciones locales se refieren a los consejos de gobernación y distrito y se basan en el voto secreto, libre, directo e igualitario. Las últimas elecciones locales se celebraron en 2006; no se ha acreditado que se hayan celebrado votaciones locales posteriores en todo el país, aunque debían celebrarse en 2012. El Consejo de la Shura tiene 111 miembros designados y, por tanto, no confiere un mandato electivo. La transferencia de poder de 2022 al Consejo Presidencial de Liderazgo fue un mecanismo de nombramiento o transferencia, no una elección popular. La votación se realiza en papeletas de papel. No se ha acreditado que exista un sistema nacional de voto electrónico, ni un mecanismo de voto anticipado o en ausencia para las elecciones a la Cámara o locales. Los comités electorales precintan las urnas, cuentan los votos de cada urna y agregan los resultados por circunscripción; el procedimiento contempla la presencia de candidatos o sus agentes. La SCER debe anunciar los resultados definitivos en un plazo de 72 horas. Si una elección se cancela o queda incompleta, puede ser necesario celebrar elecciones complementarias dentro de tres meses. Las impugnaciones de resultados parlamentarios deben presentarse ante el Tribunal Supremo dentro de 72 horas y requieren un depósito de 50,000 YER. Las impugnaciones presidenciales también tienen un plazo de 72 horas y requieren un depósito de 100,000 YER. Las impugnaciones de resultados locales deben presentarse ante el tribunal de apelación de la gobernación dentro de 48 horas y requieren un depósito de 10,000 YER. Una impugnación local válida puede dar lugar a repetir las elecciones dentro de 60 días. Las últimas elecciones a la Cámara se celebraron el 27 April 2003. Se registraron 8,035,721 votantes, votaron 6,105,696 personas y la participación fue del 76%; los resultados incluyeron 238 escaños para el GPC, 46 para Islah, 8 para el YSP, 4 independientes, 3 nasseristas y 2 baazistas; se eligió a una mujer. Las últimas elecciones presidenciales se celebraron el 21 February 2012. Abd Rabbuh Mansur Hadi fue el único candidato; hubo 10,243,364 votantes registrados, 6,660,093 votantes y obtuvo el 99.8% de los votos válidos. El calendario electoral actual sigue sin resolverse y todavía se necesita un proceso político negociado e inclusivo para que funcione un sistema electoral nacional.
Elecciones en Yemen
Yemen tiene un sistema electoral formal para los procesos presidenciales, parlamentarios, de consejos locales y de referendos. La Comisión Suprema para las Elecciones y los Referendos (SCER) es responsable de la administración electoral, las listas de votantes, la organización de las votaciones y la supervisión de los resultados. Las elecciones nacionales no se han celebrado regularmente en todo el país y no se ha fijado una fecha futura para elecciones nacionales.
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